A- de 2025
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Gregorio Eljach Pacheco·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Causales no pueden aplicarse con el mismo rigor al Procurador general de la Nación
- Naturaleza y alcance
- Alcance de la causal de intervención en la expedición de la norma acusada
- Aceptar por intervención en la expedición de la norma acusada
- Debe demostrar que su intervención en la expedición de la norma fue activa y determinante y que dicha intervención guarda relación con el asunto a resolver
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Impedimento formulado por el Procurador General de la Nación.
El jefe del Ministerio Público consideró que se encontraba impedido para rendir concepto sobre la constitucionalidad de la disposición demandada en esta oportunidad, por encontrarse incurso en la causal consistente en haber intervenido en la expedición de la norma acusada.
Lo anterior, por cuanto participó de forma verbal y escrita durante su trámite legislativo, en ejercicio de las funciones de su otrora condición de secretario general del Senado de la República.
La Sala Plena encontró acreditada la causal invocada por tres razones: (i) el Procurador argumentó y demostró que su participación en la expedición de la ley demandada fue activa y determinante.
(ii) el secretario del Senado tiene a su cargo funciones relacionadas con el principio de publicidad en el proceso de formación de las leyes y, (iii) la demanda planteó la configuración de un vicio de procedimiento por la presunta violación del principio de publicidad en el trámite de conciliación del proyecto de ley, el cual se habría configurado, justamente, en la plenaria del Senado de la República.
Con base en lo anterior se declaró FUNDADO el impedimento manifestado y se ordenó correr traslado por el término que falte al viceprocurador general de la nación, para que rinda el concepto de que tratan los artículos 242, numeral 2, y 278, numeral 5, de la Constitución.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Con base en las razones expresadas en esta providencia, DECLARAR FUNDADO el impedimento manifestado por el procurador general de la nación para emitir concepto dentro del expediente D-15.465.
- Segundo. ORDENAR a la Secretaría General de la Corte Constitucional que levante la suspensión de términos y corra traslado por el término que falte al viceprocurador general de la nación, para que rinda el concepto de que tratan los artículos 242, numeral 2, y 278, numeral 5, de la Constitución.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.